Meneses Pacheco, ClaudioUrbina Rouse, Vilma2025-03-202025-03-202018https://repositoriobibliotecas.uv.cl/handle/uvscl/15591El derecho fundamental de inviolabilidad del hogar no es absoluto. Sus limitaciones se encuentran expresamente consagradas en la Constitución y las leyes. Una de ellas es la diligencia de entrada y registro en lugar cerrado regulada por el art. 205 CPP, consistente en una actividad de investigación cuya procedencia exige que el imputado o los medios de comprobación del hecho punible investigado se encuentren en un determinado lugar. Pese a que la regla general es la orden judicial previa a la práctica de esta diligencia, existen casos en que la entrada y registro es precedida de la autorización o consentimiento de entrada del dueño o encargado del lugar cerrado. La legitimidad de esta autorización exige considerar aspectos sustantivos y procesales que son particularmente delicados cuando proviene del dueño o encargado que no tiene la calidad de imputado. En esta tesis se analizan tales aspectos, cuya debida consideración es indispensable a los fines de determinar la licitud o ilicitud de las evidencias obtenidas con motivo de la referida diligencia.esPROPIEDAD PRIVADADERECHOS FUNDAMENTALESLa autorización del propietario o encargado no imputado en le diligencia de entrada y registro en lugar cerrado (Art. 205 CPP)TMG