Sabioncello Soto, MurielMatteo Tirado, Marcela2024-05-302024-05-302010https://repositoriobibliotecas.uv.cl/handle/uvscl/13845Con la ley 19947 se incorporó a nuestra legislación la figura del divorcio culpable, incluido en su artículo 54, contemplando una causal genérica y una enumeración a vía ejemplar, dentro de la cual se halla la conducta homosexual y por otro lado el alcoholismo o drogadicción que constituya un impedimento grave para la convivencia armoniosa entre los cónyuges o entre éstos y los hijos. Esclarezco la naturaleza que debe poseer la conducta a la que alude el legislador por medio de un análisis minucioso que me permite llegar a la conclusión que tiene que tratarse de una conducta de carácter sexual que se ha proyectado hacia el exterior, siendo irrelevante si proviene o no de la homosexualidad del cónyuge culpable. En cuanto al alcoholismo o drogadicción que alude la norma se traducirán normalmente en hechos consistentes en violencia intrafamiliar, siendo necesario para su configuración la prueba de toxicomanía.esDIVORCIODIVORCIO CULPABLEArtículo 54 No 4 y 5 de la ley 19.947 : La Conducta Homosexual y El Alcoholismo o Drogadicción en el Divorcio SanciónTesis