Peuriot Canterini, Luis FelipeAceituno Martínez, Diego2024-06-122024-06-122011https://repositoriobibliotecas.uv.cl/handle/uvscl/14004El presente trabajo busca determinar cuál es el significado de la mercantilidad formal que la ley establece respecto de ciertas formas de organización jurídica de la empresa, basándose en su estructura. El debate se instala esencialmente frente a la naturaleza que se debe atribuir a los actos emanados de aquellas sociedades o empresas, es decir, acaso tales actos han de ser considerados como siempre mercantiles, en atención a la naturaleza jurídica del actor; o bien, podrán ser calificados como civiles o mercantiles, atendiendo a la calificación que el legislador le ha dado al acto en sí. La doctrina mayoritaria sostiene que todo acto de una SA, SpA o EIRL debe calificarse de comercial. Así ha fallado la jurisprudencia. Discrepamos de tal planteamiento. Somos de la idea que no puede desatenderse totalmente al sistema objetivo establecido en nuestro ordenamiento jurídico, sostenemos que los comerciantes, aun cuando su naturaleza haya sido determinada por mandato legal, no se ven impedidos de realizar actos naturalmente civiles y, sobre todo, criticamos el mantenimiento de la corriente, hasta ahora, dominante, ya que ésta acarrea serios perjuicios para los empresarios, por lo que se hace necesario adoptar una nueva postura frente al fenómeno de la mercantilidad formal establecida por el legislador.esMERCANTILISMOSOCIEDADES ANONIMAS¿Cuál es el exacto sentido y alcance de la mercantilidad formal que la ley otorga a ciertas formas de organización jurídica de la empresa?Tesis