Álvarez Escudero, RommyAnguita Serón, Stefan IgnacioMolina Velasco, Magdalena Constanza2024-05-222024-05-222023https://repositoriobibliotecas.uv.cl/handle/uvscl/13816Nuestro sistema de adopción vigente comprende dos formas de adopción: la adopción conjunta, llevada a cabo por matrimonios, y la adopción monoparental, realizada por personas solteras, divorciadas o viudas. Sin embargo, en consideración del Interés Superior del Niño, Niña o Adolescente, y del resguardo de sus derechos y prerrogativas, la regulación actual es insuficiente y hasta lesiva para proteger de forma efectiva e íntegra estos derechos, pues se disminuyen las alternativas de adoptantes incluso antes de iniciar el proceso de adopción. Producto de la determinación de los adoptantes en los artículos 20 y 21 de la Ley N° 19.620, se producen consecuencias en materia de adopción conjunta y de adopción monoparental, motivadas por el Principio de Preferencia por la Familia Matrimonial: Por un lado, se excluye a convivientes civiles y de hecho; por otro, se posterga al adoptante individual privilegiando a los matrimonios. Asimismo, al no existir regulación legal sobre las familias de acogida, no existe una unidad en la interpretación sobre la posibilidad de que estas puedan adoptar.esADOPCIONFAMILIAS DE ACOGIDADERECHOS DEL NIÑOLos adoptantes en Chile. Reflexiones desde el enfoque del Interés Superior del Niño.Tesis