Análisis y conclusiones del artículo 31 Nº 3, inciso segundo Ley Sobre Impuesto a la Renta, Decreto Ley 824 de 1974

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2013

Profesor Guía

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Universidad de Valparaíso

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Facultad

Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas

Departamento o Escuela

Escuela de Auditoria

Determinador

Recolector

Especie

Nota general

Licenciado en Sistemas de Información Financiera y Control de Gestión.
Título profesional de Contador Público Auditor.
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Resumen

La Ley sobre Impuesto a la Renta en Chile, grava a las rentas obtenidas del capital y/o del trabajo. El presente estudio, se enfoca a las del primer tipo, las cuales, a nivel general, se encuentran obligadas a declarar su renta efectiva mediante contabilidad completa y balance general. Su tributación es de carácter anual sobre las utilidades devengadas con un impuesto denominado de Primera Categoría, cuya tasa asciende actualmente al 20%.

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Auspiciador

Palabras clave

FONDO DE UTILIDADES TRIBUTABLES, IMPUESTOS SOBRE LA RENTA

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