La facultad de entrada, registro e incautación del servicio de aduanas en relación con la prueba ilícita en el proceso penal

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2021

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Universidad de Valparaíso

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Facultad de Derecho

Departamento o Escuela

Escuela de Derecho

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Nota general

Magíster en Derecho (Legum Magíster)

Resumen

El Servicio Nacional de Aduanas, conforme al artículo 23 de su Ley Orgánica, tienen la facultad de ordenar, en sede administrativa, la entrada, registro e incautación en los lugares en que se encuentren o se presuma fundadamente que se encuentren las mercancías a fiscalizar, así como los libros, papeles, registros de cualquier naturaleza y documentos relativos a las mismas. Los antecedentes recopilados en esta sede pueden ser ofrecidos como evidencias en un proceso penal, resultando fundamental la práctica de un adecuado control de admisibilidad a fin de evitar la incorporación de pruebas ilícitas. La presente tesis postula que el Juzgado de Garantía, al momento de pronunciarse sobre la admisibilidad de las evidencias recopiladas en el procedimiento aduanero, no solo debe analizar que el acto administrativo que ordena la entrada, registro e incautación haya sido dictado por autoridad competente en el ámbito de sus facultades, sino además que se haya respetado de manera estricta el principio de proporcionalidad en la afectación del derecho a la intimidad y que se haya dado cabal cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas. En este sentido, resulta fundamental que el tribunal pondere de manera completa y fundada la necesidad de la diligencia administrativa, el bien jurídico tutelado por el tipo penal del artículo 168 de la Ordenanza de Aduanas en relación a los artículos 179 y 181 del mismo texto normativo, y la intensidad de la afectación del derecho, debiendo establecer parámetros de admisibilidad según circunstancias del caso concreto que permitan balancear los tres aspectos antes indicados.

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Palabras clave

REGISTRO E INCAUTACION, LEY ORGANICA DE ADUANAS, FUENTES DE PRUEBA, CONTROL JURISDICCIONAL

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