Examinando por Autor "Herrera Araya, Mario"
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Ítem Determinar si la norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales, cumple el objetivo al definir la Zona de Protección Litoral(Universidad de Valparaíso, 2017-03) Correa Araya, Sebastián Omar; Herrera Araya, MarioLa importancia de analizar la norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales, ya que, esta define una zona sensible a la contaminación generada por el ser humano. El análisis de la fórmula de la Zona de Protección Litoral (ZPL), permitió determinar que la ZPL es igual al Ancho de la Zona de Rotura (AZR) definida como la distancia transversal a la costa que se genera desde el punto de rotura del oleaje hasta la línea de costa, multiplicada por un factor de seguridad igual a 1,6, que permite que la ZPL sea mayor al AZR, en bahías de fondo plano y pendiente suave. Se determinó que la ZPL representa un porcentaje de excedencia de los AZR para una data de oleaje. Tal porcentaje de excedencia a su vez dependiente de la forma en que se distribuyan los datos de oleaje del modelo de hindcast utilizado (ERA-Interim, WaveWatch III u otra). Al momento de corroborar la forma de calcular el coeficiente P, en cualquier latitud a lo largo de Chile, no presento una diferencia significativa en la utilización de otros métodos de interpolación con respecto al recomendado por la norma. Las 90 modelaciones numéricas, permitieron verificar que las partículas descargadas en una zona cercana a la ZPL, ingresan a esta bajo ciertas condiciones hidrodinámicas. Los casos donde más partículas ingresan a la ZPL son cuando el oleaje incide perpendicular a la línea de costa. Además, cuando la dirección de oleaje es de ±30° y la pendiente 0,44, las partículas quedan depositadas en el borde costero, confinadas en la zona de transporte longitudinal, sin posibilidad de retornar a aguas más profundas. Finalmente, se recomienda utilizar el parámetro P al momento de calcular la ZPL, al no tener información precisa de la zona de estudio; sobre todo de corrientes. Al utilizar el coeficiente P se obtienen resultados más conservadores, lo que conlleva a cumplir el objetivo de la norma.Ítem Propuesta de modificación al reglamento para el control de la contaminación acuática en relación a las aguas de lastre(Universidad de Valparaíso, 2022-07) Gárate Bernal, Rodolfo; Herrera Araya, MarioEl presente trabajo tiene por objeto proponer un cambio en la normativa ambiental sectorial, nacional en relación con la regulación que se aplica al control de las aguas de lastre de los buques previo a ser descargados en nuestros puertos nacionales, situación que en la actualidad solo está estipulado en una circular marítima de la Autoridad Marítima Nacional en contradicción con lo que dicta la Ley de Navegación, en cuanto a que debiese existir una disposición reglamentaria que establezca las directrices a seguir para permitir efectuar las descargas de estos líquidos en los puertos de la nación así como también para a las autoridades que deben realizar las correspondientes fiscalizaciones. Amén de lo anterior, y con el objeto de poder aclarar este problema, este proyecto contempla inicialmente, definir lo que la Ley establece, en base a la normativa nacional que regula este tema, a lo anterior definir el concepto de aguas de lastre y su importancia en la seguridad de las naves, también los efectos en el medio ambiente acuático de los estudios acerca del ingreso de microorganismos foráneos que crearon desequilibrio en la bahías de la nación con diferentes resultados, ya sea en las naves que operan como en la economía de los diferentes lugares ribereños. En razón a este tema, en la actualidad existe una organización internacional que aglutina a todas las naciones ribereñas en el mundo, esta es la OMI (sus siglas en ingles IMO; International Maritime Organization) creada en el año de 1958, teniendo como misión “fomentar, a través de la cooperación, un transporte marítimo seguro, protegido, ecológicamente racional, eficaz y sostenible. Esta misión se cumplirá mediante la adopción de las normas más estrictas posibles de protección y seguridad marítimas, eficacia de la navegación y prevención y control de la contaminación ocasionada por los buques, así como mediante la consideración de los asuntos jurídicos conexos y la implantación efectiva de los instrumentos de la OMI para que se apliquen de manera universal y uniforme." Es por el punto acerca de la contaminación generada por los buques, en razón a los estudios e investigaciones que dieron la alerta del problema del agua de lastre mediante evidencias científicas, es que fomentada por esta organización se aprueba en el año 2004 el Convenio Internacional para el Control y Gestión de Aguas de Lastre y Sedimentos de los Buques (BWM – Ballast Water Management), la que instruye normas para un correcto manejo del agua de lastre y los sedimentos que son transportados por las naves, e instauradas a nivel mundial para la fundación de una base legal que establezca en cada nación los protocolos para controlar esta contaminación, entrando en vigor el 08 de septiembre del 2017. Finalmente, en base al planteado en este estudio, se definirán las conclusiones que demandó el resultado del análisis. Si bien las conclusiones cierran los trabajos ejecutados, en esta ocasión si quedará una definición abierta, las que servirá de discusión para aquel que lo lea como para aquellos profesores que quieran definir una situación de ejecuciones por parte de los entes responsables.