Examinando por Autor "Reinoso Lundstedt, Edgardo"
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Ítem La obligación de seguridad en la responsabilidad civil.(Universidad de Valparaíso, 2011) Sanhueza López, María Reneé; Olivares Olivares, Camilo; Reinoso Lundstedt, EdgardoEl objetivo de este trabajo es abordar a la obligación de seguridad en la responsabilidad civil, identificando sus características, elementos propios y puntos controvertidos en torno a la misma, de tal manera de darle un contenido, y de esa forma pueda ser aplicada por la jurisprudencia a la luz del fenómeno resarcitorio al que da lugar su incumplimiento. Para logar este cometido se toma en cuenta especialmente la doctrina y jurisprudencia extranjera, donde el tema lleva años de desarrollo. Además de analizar la realidad de nuestro país frente la institución, donde no ha tenido el tratamiento que merece.Ítem La obligación del Cirujano Plástico, ¿de medios o resultados?(Universidad de Valparaíso, 2011) Manterola Marchant, Raimundo; Reinoso Lundstedt, EdgardoLa distinción entre obligaciones de medios y resultados es de importancia al momento de analizar la responsabilidad del deudor en una prestación. Ahora bien, su aplicación a determinados supuestos aún está en duda, entre ellos podemos señalar a la cirugía plástica, esta hipótesis en particular se ha discutido extensamente, lamentablemente aun no se logra la unanimidad tanto deseada doctrinaria como jurisprudencialmente, no obstante aquello, se aprecia una tendencia a considerar en este último tiempo la obligación del médico como una obligación de medios, aún en el supuesto de la cirugía cosmética o estética, criterio este último a mi parecer correcto entre otras razones por la alea propia de toda actividad médica y por la imposibilidad, al menos ética, por parte del facultativo de comprometer un determinado resultado, atendido a que objetivamente esto es imposible en atención a las particularidades de un ser tan complejo como el hombre.Ítem La prueba de la culpa en la responsabilidad civil extracontractual : Hacia una morigeración de la carga probatoria de la víctima(Universidad de Valparaíso, 2011) Contreras Bianchi, Felipe; Reinoso Lundstedt, EdgardoLa finalidad del presente trabajo consiste en analizar la prueba en el Derecho de daños, específicamente la carga probatoria del supuesto culpa por parte de la victima, desde un prisma pro damnato. Para cumplir nuestro cometido, se aludirá a las nociones básicas respecto de prueba civil en general, para luego dar paso al estudio de la carga probatoria, especialmente dentro de la responsabilidad civil extracontractual. Posteriormente, se comentará y criticará la regla general de carga probatoria de los supuestos de la responsabilidad aquiliana, postulando una interpretación que garantice la indemnización de la victima. Finalmente, se expondrán ciertas doctrinas extranjeras que apuntan a asegurar la reparación del afectado en el derecho de daños, mediante nuevos horizontes procesales probatorios, apelando por su recepción en el derecho chileno.Ítem Responsabilidad civil de los medios de comunicación en Chile por noticias inexactas o agraviantes : Una visión desde el Derecho de Daños.(Universidad de Valparaíso, 2011) Bustamante Guzmán, José; Reinoso Lundstedt, EdgardoInformar en el siglo XXI es una necesidad y un derecho, pero también conlleva una obligación en su ejecución. Una necesidad en cuanto un modelo democrático pretende que sus ciudadanos tengan el mayor acceso posible a toda instancia de conocimiento relativo a la actividad estatal, pública, o en algunos casos privada, de ciertos organismos o personas que los representen. Pero también representa un Derecho de aquel que lo puede ejercer con libertad, sin mayores contratiempos. Sin embargo todo esto conlleva la más grande de las obligaciones, cual es respetar y garantizar ante todo el honor y la privacidad de las personas y sus familias. Si esto no sucede, necesariamente el aparato jurídico debe reaccionar otorgando sistemas de indemnización que sitúen a esa persona, en lo moral, por vía patrimonial, en la misma situación jurídica que se encontraba antes del hecho dañoso. En Chile en este sentido estamos al debe.