De existir un Estándar Básico de Derechos del Contribuyente como consecuencia de la última Reforma de Modernización Tributaria; ¿Ese estándar corresponde al de los países OCDE?
dc.contributor.advisor | Pardo Sainz, Gonzalo | |
dc.contributor.author | Brante Tapia, Pía | |
dc.date.accessioned | 2022-05-13T20:17:17Z | |
dc.date.available | 2022-05-13T20:17:17Z | |
dc.date.issued | 2021 | |
dc.description.abstract | La importancia de contar con normas dentro del CT, que establezcan un sistema de derechos acerca de los cuales, el contribuyente se encuentra en condiciones de exigir al Órgano Fiscalizador, es un cambio en el paradigma que se tuvo durante décadas a este respecto. El Servicio era considerado como un ente déspota, autoritario y que si se le reclamaba por un acto errado, existía la posibilidad cierta, de quedar en una posición aún más desventajada. No hay que olvidar, que esta nueva mirada comenzó el año 2010, con la publicación de la Ley N°20.420 que fue la pionera en incorporar el “Catálogo de Derechos de los Contribuyentes” en el nuevo artículo 8 bis CT. La Ley N°20.420 realiza una detallada labor en sistematizar y expresar los derechos de los contribuyentes, que la ley reconoce y tutela mediante el “Recurso de Resguardo” (RR). La particularidad del RR es que otorga un derecho de opción inicial al contribuyente, quien al ver vulnerados sus derechos del 8bis CT o bien garantías constitucionales del OPE, tendrá dos opciones a saber, de acudir directamente ante el DR o bien DN del SII, si es el DR es el infractor, o bien interponer Recurso de Resguardo ante los Tribunales Tributarios y Aduaneros. El proyecto de ley, que finalizó en la publicación de La ley N°21.210 cuyo Mensaje del Presidente Piñera, indicó que en base a un informe de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), es que se hace necesario “contar certeza jurídica” en el ámbito tributario. Efectivamente es indispensable para una persona natural, al iniciar una actividad económica, conocer las leyes, los reglamentos, la normativa de la autoridad específica. Ello se incrementa en el ámbito tributario, requiero información de las actuaciones e interpretaciones del SII. En conclusión, el catálogo de Derechos de los Contribuyentes, vienen a brindar la certeza jurídica necesaria para realizar una actividad económica, sin embargo, su consagración en el artículo 8bis, no fue el sentimiento altruista del Presidente de turno, sino más bien, era necesario brindar certeza jurídica a los administrados como exigencia a los países que realiza en su informes la OCDE cada ciertos períodos. De acuerdo a los informes publicados sobre “Lo Catálogos de Derechos de los Contribuyentes” se hará una comparación de los derechos efectivamente ejercitados y aquellos que no cumplen con el estándar esperado de Chile. | en_ES |
dc.facultad | Facultad de Derecho | en_ES |
dc.identifier.citation | Brante Tapia, P. (2021). De existir un Estándar Básico de Derechos del Contribuyente como consecuencia de la última Reforma de Modernización Tributaria; ¿Ese estándar corresponde al de los países OCDE?. [Tesis de pregrado, Universidad de Valparaíso]. | en_ES |
dc.identifier.uri | http://repositoriobibliotecas.uv.cl/handle/uvscl/4108 | |
dc.language.iso | es | en_ES |
dc.publisher | Universidad de Valparaíso | en_ES |
dc.subject | CONTRIBUYENTES | en_ES |
dc.subject | RECURSO DE RESGUARDO | en_ES |
dc.subject | SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS | en_ES |
dc.title | De existir un Estándar Básico de Derechos del Contribuyente como consecuencia de la última Reforma de Modernización Tributaria; ¿Ese estándar corresponde al de los países OCDE? | en_ES |
dc.type | Tesis | en_ES |
uv.catalogador | PSM DER | en_ES |
uv.departamento | Escuela de Derecho | en_ES |
uv.notageneral | Abogado. Licenciado en Ciencias Jurídicas. | en_ES |
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