La autorización del propietario o encargado no imputado en le diligencia de entrada y registro en lugar cerrado (Art. 205 CPP)
Fecha
2018
Autores
Profesor Guía
Formato del documento
TMG
ORCID Autor
Título de la revista
ISSN de la revista
Título del volumen
Editor
Universidad de Valparaíso
Ubicación
MAG U73a 2018
ISBN
ISSN
item.page.issne
item.page.doiurl
Facultad
Facultad de Derecho
Departamento o Escuela
Escuela de Derecho
Determinador
Recolector
Especie
Nota general
Magíster en Derecho (Legum Magíster)
Resumen
El derecho fundamental de inviolabilidad del hogar no es absoluto. Sus limitaciones se encuentran expresamente consagradas en la Constitución y las leyes. Una de ellas es la diligencia de entrada y registro en lugar cerrado regulada por el art. 205 CPP, consistente en una actividad de investigación cuya procedencia exige que el imputado o los medios de comprobación del hecho punible investigado se encuentren en un determinado lugar. Pese a que la regla general es la orden judicial previa a la práctica de esta diligencia, existen casos en que la entrada y registro es precedida de la autorización o consentimiento de entrada del dueño o encargado del lugar cerrado. La legitimidad de esta autorización exige considerar aspectos sustantivos y procesales que son particularmente delicados cuando proviene del dueño o encargado que no tiene la calidad de imputado. En esta tesis se analizan tales aspectos, cuya debida consideración es indispensable a los fines de determinar la licitud o ilicitud de las evidencias obtenidas con motivo de la referida diligencia.
Descripción
Lugar de Publicación
Valparaíso
Auspiciador
Palabras clave
PROPIEDAD PRIVADA, DERECHOS FUNDAMENTALES