La noción unitaria de incumplimiento contractual en las obligaciones de medio y obligaciones de resultado

Fecha

2013

Formato del documento

TDPRE

ORCID Autor

Título de la revista

ISSN de la revista

Título del volumen

Editor

Universidad de Valparaíso

Ubicación

ISBN

ISSN

item.page.issne

item.page.doiurl

Facultad

Facultad de Derecho

Departamento o Escuela

Escuela de Derecho

Determinador

Recolector

Especie

Nota general

Abogado. Licenciado en Ciencias Jurídicas

Resumen

Dentro de las numerosas clasificaciones de las obligaciones que formula la doctrina, se encuentra aquella que distingue entre las obligaciones de medio y las obligaciones de resultado. Dicha distinción –relativamente moderna- goza de bastante aceptación, pero ha generado un gran debate en la doctrina nacional e internacional en torno a su recepción legislativa y principalmente en cuanto a su aplicación y efectos. En la actualidad, la corriente renovadora del derecho de las obligaciones y los contratos denominada como Nuevo Derecho de la Contratación, postula la idea de un incumplimiento contractual como un hecho unitario –que se caracteriza por objetivo, amplio y expresivo de la insatisfacción del interés del acreedor- en base a una nueva concepción del contrato y la relación obligatoria nacida de éste. Esta noción de incumplimiento, tratándose de las obligaciones de resultado, no presenta problemas. Sin embargo, se discute si dicho postulado puede ser aplicado o no al incumplimiento de las obligaciones de medio. Este trabajo tiene por objeto demostrar –en base a la nueva concepción del contrato y de la relación obligatoria- que sí es posible construir un concepto unitario de incumplimiento contractual que abarque todas las manifestaciones del mismo, incluyendo al incumplimiento de las obligaciones de medio, generando en, consecuencia, un sistema unitario de responsabilidad contractual.

Descripción

Lugar de Publicación

Valparaíso

Auspiciador

Palabras clave

OBLIGACIONES, CONTRATOS

Licencia

Colecciones