Los tratados internacionales y su control de constitucionalidad a posteriori, luego de la reforma constitucional 2005.

Fecha

2010

Formato del documento

Tesis

ORCID Autor

Título de la revista

ISSN de la revista

Título del volumen

Editor

Universidad de Valparaíso

Ubicación

ISBN

ISSN

item.page.issne

item.page.doiurl

Facultad

Facultad de Derecho

Departamento o Escuela

Escuela de Derecho

Determinador

Recolector

Especie

Nota general

Abogado. Licenciado en Ciencias Jurídicas.

Resumen

Con la reforma constitucional de 2005 el Tribunal Constitucional tiene, dentro de la esfera de sus potestades, la atribución de ejercer dos tipos de control de constitucionalidad respecto de los tratados internacionales, el primero, de carácter obligatorio y preventivo establecido en el numeral primero del artículo 93 de nuestra Carta Fundamental, y el segundo, como se demostrará en este trabajo, de carácter facultativo y represivo a través de la acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad. No encontrándose razones jurídicas relevantes para sostener, hoy en día, que este segundo tipo de control no pueda ejercerse sobre una (s) norma (s) contenida (s) en un tratado internacional ratificado por Chile y que se encuentre vigente. Respecto a la declaración de inconstitucionalidad este texto opta por que ésta no sea procedente respecto a una(s) disposición(es) contenida(s) en un tratado internacional.

Descripción

Lugar de Publicación

Valparaíso

Auspiciador

Palabras clave

TRATADOS INTERNACIONALES, TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL

Licencia

Colecciones