La obligación del Cirujano Plástico, ¿de medios o resultados?

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2011

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Universidad de Valparaíso

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Escuela de Derecho

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Nota general

Abogado. Licenciado en Ciencias Jurídicas.

Resumen

La distinción entre obligaciones de medios y resultados es de importancia al momento de analizar la responsabilidad del deudor en una prestación. Ahora bien, su aplicación a determinados supuestos aún está en duda, entre ellos podemos señalar a la cirugía plástica, esta hipótesis en particular se ha discutido extensamente, lamentablemente aun no se logra la unanimidad tanto deseada doctrinaria como jurisprudencialmente, no obstante aquello, se aprecia una tendencia a considerar en este último tiempo la obligación del médico como una obligación de medios, aún en el supuesto de la cirugía cosmética o estética, criterio este último a mi parecer correcto entre otras razones por la alea propia de toda actividad médica y por la imposibilidad, al menos ética, por parte del facultativo de comprometer un determinado resultado, atendido a que objetivamente esto es imposible en atención a las particularidades de un ser tan complejo como el hombre.

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Lugar de Publicación

Valparaíso

Auspiciador

Palabras clave

RESPONSABILIDAD MEDICA, OBLIGACIONES, CIRUGIA PLASTICA

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